martes, 23 de abril de 2019

Fraude de ley

ESCRITO DEL VICESECRETARIO (PRIMERA PARTE)

FRAUDE DE LEY


Parece que como consecuencia de una entrada que hicimos hace unos días comentando la noticia del lanzamiento de la «app» de Deportes, ─y tal vez por la denuncia que hacíamos pública entonces de que se violaba el Reglamento de Instalaciones Deportivas Municipales─ por los tablones internos de las instalaciones deportivas se pincha un cartel supuestamente para informar a los empleados (ver foto adjunta).


 En ese cartel se dice que no hace falta mostrar el resguardo de la reserva de una pista en papel si se ha reservado dicha pista a través de la «app» de Deportes. Ese cartel no va firmado por ningún jefe ni lleva siquiera el sello del servicio.


Como además dicho cartel contradice lo recogido en el Reglamento General de las Instalaciones Deportivas Municipales, un empleado cuestiona por escrito interno dirigido a la concejal De la Fuente la validez y autenticidad de dicho cartel y solicita se le comunique fehacientemente si la empresa quiere que cumpla lo que pone en ese cartel.

Pocos días más tarde de esa solicitud del empleado aparece, también en los tablones internos del personal de las instalaciones deportivas, un escrito firmado por la concejal De la Fuente y por el vicesecretario del Ayuntamiento, Francisco Javier Pindado Minguela. Se supone que este último es quien lo ha redactado pero, en todo caso, con su rúbrica respalda su validez jurídica (ojo a esto).

El papel intenta responder, aunque no lo dice, a esa cuestión del empleado relativa al cartel y a la presentación o no de los resguardos de reserva en papel, pero en vez de dirigirlo a él de forma personal y con acuse de recibo, lo hacen a la generalidad de los empleados de Deportes (ver imagen adjunta).
Escrito del Vicesecretario


Este escrito contiene al menos tres «pecados capitales» pero, por brevedad, hoy sólo hablaremos del que nos parece más grave: el (presunto) fraude de ley que contiene.

El primero es, como decíamos, que se salta lo dispuesto en el Reglamento General de las Instalaciones Deportivas Municipales que sigue vigente. Pero para que no se note que lo hacen de forma descarada, lo visten de ropaje jurídico que le dé apariencia de legalidad. En Deportes «nada es lo que parece», pero, eso sí, todo se hace siempre con «apariencia de legalidad».

En vez de modificar este Reglamento, que es lo que deberían haber hecho, recurren al artificio legal de «reinterpretar» para dar otro sentido a lo que por otra parte está clarísimo y «donde dije digo, digo Diego».

Como esa reinterpretación es forzada porque el Reglamento es, como decimos, clarísimo en que la reserva debe presentarse en papel («y conservarlo en buen estado»), el vicesecretario añade otro artificio, pero que en este caso ya no es legal ─si es que el otro lo era─ y se llamaría «fraude de ley».

Resumidamente, el fraude de ley consiste en apoyarse en una ley que existe y es válida en su ámbito pero la cual se saca de contexto o se aplica torticeramente para justificar el incumplimiento de otra ley o normativa que está en vigor y que para nada se opone a la primera. En este caso se estaría usando la Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 39/2015) para justificar incumplir el Reglamento General de las Instalaciones Deportivas Municipales de Burgos.

En la ley 39/2015 las únicas referencias que se hacen a los documentos electrónicos es en dos supuestos muy claros: el registro electrónico de documentos y la notificación electrónica.

Para nada en esa ley se menciona ni mucho menos se acepta que los ciudadanos puedan presentar, al empleado público que corresponda, justificantes de algún tipo en la pantalla de un móvil. De hecho, el escrito del vicesecretario hace referencia a esa ley, sí, pero no menciona ningún artículo en concreto porque, aunque se rebusque, no hay ningún artículo que justifique la violación del Reglamento de Deportes.

El Tribunal Constitucional dispuso en sentencia de 26 de marzo de 1987 que «El fraude de ley [...] es una categoría jurídica que despliega idénticos efectos invalidantes en todos los sectores del ordenamiento jurídico» (fuente: Wikipedia).

El autor del documento que estamos cuestionando mezcla churras con merinas aprovechando que la gente lo de documentos electrónicos no sabe muy bien qué es y así, de paso, se puede engañar al despistado y ocasional lector. Pero para eso está nuestra página, entre otras cosas: para mirar con lupa cada documento que emite Deportes y luego contar a la ciudadanía nuestros hallazgos. Porque sabemos, por experiencia, que alguna (o más de una) irregularidad o ilegalidad se esconde detrás de cada uno de esos documentos. Nosotros decimos lo que encontramos y luego que cada cual saque sus conclusiones.

Los otros «pecados capitales» (que no veniales) del escrito del vicesecretario los comentaremos en alguna próxima entrada.

https://es.wikipedia.org/wiki/Fraude_de_ley

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